El concejal Ángel Iglesias.

En el día de ayer, se ha vivido en nuestro Ayuntamiento, un episodio del que queremos dar conocimiento a los astorganos porque entendemos han de ser sabedores de qué personas se han convertido en personajes, y son los que están al cargo del destino de nuestra querida Astorga.
La capacidad de las personas y, en este caso de los políticos, es algo que diferencia a unos de otros; entendamos que no hay personas más capaces que otras, pero si personas con diferentes capacidades, lo que lleva demostrando este Equipo de Gobierno ya desde su inicio es una falta de capacidad de gestión supina, a lo largo de esta legislatura hemos solicitado la dimisión de varios de sus miembros, incluido el alcalde. En esta ocasión ya ni lo vamos a pedir, tampoco lo iban a hacer, otra capacidad de la que adolecen, simplemente esperar que en su incapacidad no hagan más daño a la ciudad del que han venido ocasionando.

A finales de noviembre, causó baja en la plantilla de trabajadores municipales, la Interventora General que hasta la fecha venía desempeñando el cargo con buen criterio y profesionalidad. Desde el Ayuntamiento y más en concreto desde la alcaldía a pesar de ser conocedor con bastante antelación, no se hizo nada por buscar una persona con la formación y la categoría necesaria para desempeñar este importante puesto.
El Alcalde, mediante Resolución, designó como Interventora Accidental a una funcionaria (auxiliar administrativo) que de acuerdo con la Legislación actual no puede desempeñar ese puesto, ha de ser un funcionario con titulación universitaria y funcionario con habilitación nacional.
El Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, en la disposición legal por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional tiene por objeto el desarrollo del régimen jurídico de la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de conformidad con lo previsto en el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en particular: a) La delimitación de las funciones reservadas a la misma. b) La estructura y acceso a la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
c) La creación, clasificación y supresión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, así como las especialidades de sus situaciones administrativas y régimen disciplinario. d) La forma de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante concurso o el sistema excepcional de libre designación, así como la normativa conforme a la cual se efectuarán los nombramientos provisionales, las comisiones de servicios, las acumulaciones, los nombramientos de personal interino y los de carácter accidental. e) El Registro Integrado de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Y en su artículo 52, establece que cuando no fuese posible la provisión del puesto por los procedimientos previstos en los artículos anteriores del presente real decreto, las Corporaciones Locales podrán solicitar a las Comunidades Autónomas el nombramiento, con carácter accidental, de uno de sus funcionarios con la preparación técnica adecuada y, siempre que sea posible, que pertenezca al subgrupo A1 o cuente con una titulación universitaria. En las Corporaciones Locales de más de 5.000 habitantes, en todo caso, será un funcionario de carrera perteneciente al subgrupo A1. Pues bien, desde el pasado 29 de noviembre, el Ayuntamiento de Astorga no cuenta con funcionario que desempeñe las funciones de Intervención, por lo que desde el 29 de noviembre el Ayuntamiento de Astorga no puede acometer operación financiera de ningún tipo, no hay funcionario adecuado para realizar el control de legalidad, que autorice los gastos ni que dé conformidad a los pagos.

Para el día de ayer había convocados dos Plenos Extraordinarios, a celebrar uno a las 12: 00 horas y otros a las 12:15 horas, uno para aprobación de las cuentas de 2021 de Ecoastúrica y el otro para aprobación de un expediente extrajudicial de crédito (el pago de facturas de 2022) por valor de nada menos que 362.702 euros. Ante esta convocatoria y, en consecuencia del tema a tratar y de lo expuesto con anterioridad, desde el Grupo del Partido Popular se envió el pasado lunes escrito dirigido al Alcalde y al Secretario Municipal, solicitando informe al respecto de la aprobación del expediente extrajudicial de crédito sin que hubiese informe preceptivo emitido por Intervención, entendiendo que la persona por el Alcalde designada no tiene la capacidad profesional para acometer tal requisito.

Ayer a las 11:11 h de la mañana, faltando menos de una hora para la celebración del citado Pleno, se recibe email desde la secretaría de la alcaldía con resolución del Acalde suspendiendo los plenos. Justificación del Alcalde: “Por razones de un mejor estudio, esta alcaldía tiene a bien anular dicha convocatoria, así como la segunda convocatoria, dos días después, a que se hace referencia en el arto 90.2 del R.O.F., programándose la sesión en fechas posteriores, a cuyo efecto se cursará la pertinente convocatoria”. Y ahí quedó, si con la anulación hubiera salido a informar a los ciudadanos y sobre todo a los proveedores que están esperando para cobrar sus facturas, hubiera sido una Alcalde coherente; como no lo ha hecho, es un Alcalde mentiroso, sin coraje para ponerse delante de los ciudadanos y reconocer su incapacidad, dimitir e irse para su casa de una manera elegante.

Ya nadie en esta ciudad quiere mas mentiras. Esta es la penúltima, si la penúltima, porque tenemos muy claro que de aquí a que este Equipo de Gobierno incapaz se vayan a su casa, van a cometer más tropelías, pero esta es muy gorda. No sabemos hasta qué fecha el Ayuntamiento va a estar en esta situación, sin poder afrontar pagos con el debido control de legalidad; los autónomos y las empresas que prestaron servicios al Ayuntamiento no son responsables de la estulticia de estas personas. Las empresas y autónomos que realizan su trabajo QUIEREN COBRAR. Desde el principio de esta legislatura, este equipo de gobierno se ha convertido en el “camarote de los hermanos Marx”. Este Ayuntamiento es el hazmerreír de toda la provincia. Un escándalo tapa a otro escándalo. Y la mayoría de ciudadanos nos preguntamos ¿Qué hemos hecho para merecernos este Equipo de Gobierno?

ESTULDICIA Ignorancia, necedad o estupidez de una persona..

Grupo de Concejales del Partido Popular en Astorga.